Certificación de muerte

Incluye no solo el diagnóstico de muerte, sino también la determinación de su causa y la cumplimentación del certificado de defunción. La persona que diagnostica el fallecimiento firma el certificado de defunción. El modo de determinar la muerte y sus causas depende del lugar del fallecimiento. Si el fallecimiento ocurrió en el hospital (u otra instalación estacionaria de atención médica) o fuera del hospital (o fuera de la instalación médica estacionaria).

PERSPECTIVA LATINOAMERICANA

La norma vigente en Chile se cita en el Reglamento para el otorgamiento o extensión de certificado médico de defunción (MINSAL, dto. 460, de 1970; publicado en el Diario Oficial de 18 de julio de 1970).

En Argentina es vigente el Protocolo Nacional para Certificar el Diagnóstico de Muerte Bajo Criterios Neurológicos, publicado en el Boletín Oficial N.º 31844 (https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/206448/20190429).