Los antecedentes de COVID-19 y el buceo recreativo

13.09.2021
Czy i w jakich sytuacjach przebycie COVID-19 może stanowić przeciwwskazanie do nurkowania rekreacyjnego? Co wiadomo o bezpieczeństwie nurkowania u ozdrowieńców?
Jacek Kot (MD, PhD)

Nota editorial: En este artículo se presentan los conocimientos disponibles a 20 de julio de 2021.

Siglas y abreviaturas: COVID-19 (coronavirus disease) — enfermedad por coronavirus de 2019, RT-PCR (reverse transcription-polymerase chain reaction) — reacción en cadena de la polimerasa con transcriptasa inversa, SARS-CoV-2 (severe acute respiratory syndrome coronavirus 2) — coronavirus 2 del síndrome respiratorio agudo grave, SpO2 — saturación de oxígeno de la hemoglobina en sangre arterial medida por oxímetro de pulso

¿Los antecedentes de COVID-19 pueden ser una contraindicación para el buceo recreativo? De ser así, ¿en qué situaciones? ¿Es seguro bucear para los convalecientes?

La infección por SARS-CoV-2 puede causar cuadros distintos, desde una enfermedad asintomática hasta una insuficiencia respiratoria grave que precisa de respiración asistida prolongada. Las complicaciones de la enfermedad o del tratamiento pueden afectar a numerosos órganos, especialmente los pulmones, el corazón y el cerebro. Teniendo en cuenta que durante el buceo existe una exposición a cambios de presión, a la respiración de aire comprimido u otras mezclas respiratorias a presión alta y a una redistribución de los fluidos corporales que afectan al aparato circulatorio, no cabe duda de que los antecedentes de COVID-19 son un factor que incrementa el riesgo de barotrauma, toxicidad por oxígeno, edema pulmonar por inmersión y quizás también enfermedad por descompresión.

Como no hay datos procedentes de ningún estudio observacional prospectivo, en los centros de buceo suelen establecerse distintas limitaciones. Tampoco hay leyes que requieran que los buceadores deportivos pasen pruebas específicas ni recomendaciones que obliguen a los convalecientes de COVID-19 a tomar medidas concretas antes de bucear. Gracias a la experiencia de algunos especialistas en medicina de buceo y a los conocimientos sobre otros riesgos similares, ha sido posible desarrollar unas reglas generales para determinar la aptitud para el buceo de las personas que hayan sufrido una infección por SARS-CoV-2.15

El European Committee for Hyperbaric Medicine y la European Underwater and Baromedical Society recomiendan lo siguiente

1) Los buceadores que han tenido COVID-19 asintomática, es decir, los que hayan dado positivo en la RT-PCR o la prueba de antígenos pero no hayan presentado ningún síntoma, deben esperar por lo menos un mes antes de bucear, contando desde el día en el que reciban el resultado negativo o se les considere convalecientes. En estos casos, por lo general basta con pasar un reconocimiento médico general para recibir el permiso.

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